Iniciará el lunes 23 de junio y concluirá, en su caso, el miércoles 2 de julio
Con la mayoría calificada de 26 votos a favor, 9 en contra y cero abstenciones, diputadas, diputados, senadoras y senadores integrantes de la Comisión Permanente aprobaron, en el general, y con 26 a favor, 8 en contra y cero abstenciones en lo particular, convocar a las Cámaras de Diputados y de Senadores a un periodo de sesiones extraordinarias que iniciará el lunes 23 de junio y concluirá, en su caso, el miércoles 2 de julio.
Se determinó que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 69 de la Constitución Política y 5 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General, la sesión de Congreso General para declarar la apertura de las sesiones extraordinarias se realizará el lunes 23 de junio, a las 13:00 horas, en la cual la presidencia del Congreso dará cuenta de la comunicación de la presidencia de la Comisión Permanente sobre los motivos que originaron la convocatoria.
Durante las sesiones extraordinarias, el Congreso de la Unión se ocupará de desahogar el procedimiento legislativo de 16 asuntos:
• Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre (prohibición del uso de ejemplares mamíferos marinos).
• Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (comercialización de la Totoaba).
• Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y se modifican los artículos 11 bis y 400 bis del Código Penal Federal (lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo).
• Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
• Proyecto de decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
• Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
• Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
• Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en materia de reconocimiento a las mujeres que han transformado nuestra patria.
• Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, y de la Ley General de Bienes Nacionales, en materia ferroviaria y de armonización normativa.
• Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 53 y 57 Quáter de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (facultades de la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados).
• Proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia, en materia de Seguridad Pública.
• Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
• Proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así como los códigos de Justicia Militar y Militar de Procedimientos Penales (nuevo diseño de la Guardia Nacional).
• Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendarla y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (transferencia de funciones del CONEVAL al INEGI).
• Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 191 de la Ley del Seguro Social (retiro por desempleo).
• Proyecto de decreto por el que se adicionan dos incisos al artículo 113 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (facultades de la Contraloría Interna del Senado de la República).
Se determina que, en el caso de la Cámara de Diputados, la modalidad de las sesiones podrá ser semipresencial y se ocupará de desahogar las solicitudes de licencias, toma de protesta y reincorporaciones de sus integrantes, así como de las comunicaciones y acuerdos de sus órganos de gobierno.
Además, el Senado de la República, dentro de sus facultades exclusivas, se ocupará de desahogar los siguientes asuntos: Instrumentos internacionales: acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas fuera de la Jurisdicción Nacional, adoptado en Nueva York el 19 de junio de 2023.
También, acuerdos de sus órganos internos y otros asuntos: solicitudes de licencias de senadoras y senadores de la República y, en su caso, toma de protesta de senadoras y senadores de la República.
Subraya que las presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a las sesiones que sean necesarias, a fin de tratar los asuntos previstos en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto del presente Decreto.
Una vez que alguna Cámara considere atendidos los asuntos referidos en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto del Decreto, respectivamente, la declaratoria de clausura podrá realizarse a través de comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora, ordenando su publicación en la Gaceta correspondiente y en el Diario Oficial de la Federación.
De conformidad con el artículo 72, fracción J, último párrafo de la Constitución Política, se pidió publicar en el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Discusión en lo particular
En la discusión, el Pleno aceptó la reserva de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado (Morena) para modificar el horario de la sesión de Congreso General para declarar la apertura de las sesiones extraordinarias, para pasar de las 12:00 a la 13:00 horas, y con ello, dijo, “permitir la llegada a tiempo de las y los legisladores provenientes de distintos estados del país”.
Con 9 votos a favor y 26 en contra no admitió a discusión la propuesta del diputado Pablo Vázquez Ahued (MC) quien pedía incluir en el periodo extraordinario los temas de reducción de jornada laboral a 40 horas por semana y la declaratoria constitucional sobre salarios de servidoras y servidores públicos.
Por 7 votos a favor y 25 en contra no aceptó la reserva del diputado Federico Döring Casar (PAN) para incorporar dentro de las facultades del Senado un punto de acuerdo para exhortar a dicha Cámara a desahogar en el periodo extraordinario la remoción de su presidente, conforme al procedimiento establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión.
Tampoco se admitió a discusión la reserva presentada por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI). La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) solicitó retirar su reserva.
Finalmente, de conformidad con el artículo 72, fracción J, último párrafo de la Constitución Política, se pidió publicar el Decreto avalado en el Diario Oficial de la Federación.