Por obtener ventaja competitiva publicitaria de forma desleal
Un juzgado de Madrid condenó a Meta a pagar 479 millones de euros a 87 editoras de prensa digital española y agencias de noticias por haber obtenido ventaja
En una sentencia divulgada este jueves 20 de noviembre de 2025, el Juzgado de lo Mercantil Número 15 de Madrid estima de forma parcial las pretensiones de los medios -que reclamaban 551 millones de euros- al entender que Meta utiliza indebidamente datos personales protegidos de los usuarios de Facebook e Instagram para insertar publicidad en esas redes sociales.
Según lo dictaminado por el juez, el gigante tecnológico estadounidense -que puede recurrir la sentencia- entre el 25 mayo de 2018 y el 31 julio de 2023 utilizó datos personales sin un consentimiento válido para así reforzar su negocio publicitario y restar ingresos a los medios de información.
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La resolución considera que estas prácticas incumplían el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo, una infracción que le dio una ventaja competitiva y “desleal” respecto al resto de los medios digitales y las agencias de noticias, como consecuencia del abuso de dominio” y dado “el enorme volumen de la base de datos de usuarios de Meta en España”.
Esta ventaja es significativa -argumenta- porque Meta ha podido tratar una cantidad de datos de cada usuario mucho mayor que si hubiera utilizado la base del consentimiento” que establece el reglamento europeo, que hubiera exigido el consentimiento explicito del usuario”.
Con información de López-Dóriga